En suma, el Consejo Real se convertía en “… una vniuersal ofiçina…”, donde se juzgaban pleitos y se conferían para consultar con el rey todas las materias de la causa pública, “y esta razón dan los señores reyes referidos para entrar en este Consejo cada semana”. Asimilando al Consejo Real en el espacio inmediato a la intimidad real, integrado de hecho en ella hasta tal punto que era el organismo consiliar que con mayor legitimidad se confundía en el ámbito doméstico del rey, dado que el acto original de prestar oídos y juzgar acontecía en su Cámara.
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